Los sangrados naturales de la mujer
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Las Categorías
Full Description
- Lo que la mujer musulmana debe conocer
sobre La
Menstruación, la Metrorragia y el Posparto
- Definición de la menstruación y la razón o sabiduría detrás de la misma
- Los preceptos religiosos relacionados con la menstruación
- Al Istihadah o metrorragia y sus preceptos pertinentes
- Preguntas y respuestas sobre temas relacionados con la menstruación, la metrorragia y el puerperio
- La mujer no se vuelve impura debido a la menstruación o el sangrado posparto
- El uso de pastillas que retrasan o inhiben la menstruación
- La interrupción del sangrado durante la menstruación
- Sangre después de realizar el Gusl
- Cómo higienizarse de la Orina durante el periodo
- Cuando la menstruación comienza estando la mujer dentro de la mezquita
- La menstruante puede leer libros de Tafsir (Exégesis Coránica)
- La menstruante puede recitar el Corán y leer de los libros de Du’a (súplicas)
- La oración de la mujer que sufre metrorragia
- Si el sangrado posparto termina antes de los cuarenta días, la mujer debe realizar el Gusl y empezar a rezar y ayunar
- Los preceptos del aborto involuntario
- Pérdida de sangre cinco días antes de dar a luz
- El significado de la palabra Quru’
- Cuando la mujer siente vergüenza de recuperar ayunando los días que perdió por su menstruación
- Si la menstruación continúa más allá de los días acostumbrados
- El aborto durante el tercer mes del embarazo
- Mantener relaciones sexuales antes de completar los cuarenta días
- Las Plegarias de la menstruante
- La Oración de la menstruante
- Las secreciones amarillentas u ocres no deben ser tomadas en cuenta después de la purificación
- La menstruante puede usar Henna
- Acerca de escribir versículos del Corán durante la menstruación
- No se apresure
- La sangre que aparece antes de la menstruación se considera irregular y la persona no debe abstenerse de rezar, etc. al verla
Lo que la mujer musulmana debe conocer sobre La Menstruación, la Metrorragia y el Posparto
Compilado por:
El nacimiento de un ser humano es un fenómeno extremadamente asombroso. El estudio de este fenómeno es, por sí sólo, uno de los más grandes esfuerzos de la humanidad. Los ciclos físicos que el cuerpo de la mujer debe soportar para que este acto de creación continúe, deben respetarse mucho. Allah nos dice que nuestras madres nos dieron a luz con mucha dificultad y esfuerzo, y que debido a esto les debemos el más alto respeto.
Entre las muchas dificultades que la mujer debe enfrentar, están las dudas que se presentan, ante la aparición de estos fenómenos físicos, sobre aspectos que pueden influir en la correcta observancia de su religión. ¿Cómo se ven afectados su ayuno, sus oraciones, sus estudios religiosos y sus relaciones conyugales?, por su siempre cambiante condición física, en relación a su rol de albergar la nueva vida que lleva en su vientre
Es con mucho orgullo y gran humildad que Darussalam presenta Lo que la mujer musulmana debe conocer sobre la Menstruación y el Posparto.
El propósito de esta humilde presentación, es ayudar a solucionar cualquier duda o confusión que la mujer pueda tener con respecto a la observancia de sus obligaciones religiosas. Esto, para que pueda cumplir sin problemas, ayudada por el conocimiento sus obligaciones para con su Creador, Quien la honró por sobre toda la creación.
En esta compilación, los preceptos legales pertinentes han sido tomados de los escritos del eminente erudito Muhammad bin Salih Al-‘Uzaimin; quien basa su estudio en el Corán y la Sunnah. Esto no podía ser de otra manera, pues el Corán y la Sunnah son la única autoridad confiable, y fuente de conocimiento, a la cual todo musulmán debe recurrir para paliar sus necesidades en este mundo y el Más Allá. Cuando apelamos a estas fuentes divinas como autoridad para resolver nuestros problemas, sentimos una total satisfacción, comodidad y tranquilidad, libre de cualquier tipo de duda o incertidumbre.
Sólo los eruditos son capaces de derivar leyes de la Shari’ah y dar veredictos legales. Es por esto que Allah ordenó a la gente recurrir a los piadosos estudiosos de la religión.
Dice Allah:
“…preguntad a la gente del conocimiento si vosotros no sabéis”. (Corán 16:43)
Este libro incluye también una sección con las preguntas más frecuentes formuladas por las mujeres musulmanas a este respecto, y las respuestas y veredictos legales dados por el Gran Mufti de Arabia Saudita, el ya fallecido Ibn Baz, el también fallecido Ibn ‘Uzaimin, Ibn Yibrin y otros.
Abdul Malik Mujahid
Director General
Definición de la menstruación y la razón o sabiduría detrás de la misma
Definición de la menstruación:
La menstruación es una hemorragia vaginal periódica, causada por la desintegración de la mucosa uterina.
Esta hemorragia no tiene un origen patológico ni es causada por una lesión, caída o parto; sino que es natural y puede variar según el estado de la mujer, su entorno y el clima. De aquí que las mujeres difieran en sus ciclos.
La razón o sabiduría detrás de la menstruación:
Cuando el feto se encuentra en el vientre de su madre, no le es posible alimentarse de las mismas cosas que se alimenta alguien que ya nació; y tampoco le es posible a la madre hacer llegar algo de alimento al ser que lleva en su vientre, ser por el que más compasión siente. Por eso, Allah, Exaltado sea, creó en la mujer secreciones sanguíneas, para que el feto se nutra de ellas en el vientre de su madre, sin necesidad de comer y digerir. Estas secreciones se infiltran en su cuerpo a través del ombligo, compenetrándose luego en sus venas, sirviéndole así como alimento. ¡Bendito sea Allah, el mejor de los creadores!
Esta es la razón por la cual la mujer menstrúa, por eso se interrumpe el ciclo menstrual en la mujer embarazada, exceptuando algunos casos; así también, es mínimo el número de mujeres que amamantando a sus hijos menstrúan, especialmente en la primera etapa del amamantamiento.
Inicio y duración de la menstruación
Este capítulo toca dos aspectos relacionados con la menstruación:
Primer aspecto: La edad en la que comienza.
Segundo aspecto: La duración.
Sobre al primer aspecto, se dice que la menstruación se da desde los 12 hasta los 50 años de edad de la mujer. Sin embargo, esta puede menstruar desde antes y hasta después de las edades mencionadas, según su constitución física, entorno y clima. Los ‘Ulama (eruditos en las ciencias islámicas), que la misericordia de Allah sea con ellos, difirieron sobre la edad en que la mujer comienza y termina de menstruar. Este esfuerzo por definir y limitar ambas edades, implica que, una vez definidas, toda sangre que fluya del conducto por el que fluye la menstruación, antes o después del límite de edad, no será considerada como menstruación.
Un afamado erudito de la antigüedad, Ad-Darimi, afirmó, después de mencionar la diferencia de opinión suscitada entre los estudiosos al respecto, que todas esas opiniones eran incorrectas; ya que, según él, la única autoridad o punto de referencia al respecto es solamente el flujo mismo de la sangre. Por lo tanto, siempre y cuando exista el flujo, sin importar la edad o ciclo biológico en que se presente, será considerado menstruación, y Allah sabe mejor. La opinión de ad-Darimi es la más correcta, y es también compartida por otros eruditos, como Ibn Taimiah. Basándonos en esta opinión, apenas la mujer sienta el flujo de sangre, se la considerará menstruante, no importa si su edad es inferior o superior a la definida por los otros eruditos. Tanto el Corán como la Sunnah, sólo consideran la menstruación como tal si existe el flujo. De igual manera, ni Allah ni Su Mensajero ﷺ mencionaron una edad límite al regular la menstruación; y quienes afirman lo contrario, deben presentar sus evidencias de ambas fuentes sagradas. Así, debemos considerar la presencia del flujo sanguíneo como la base sobre la que se construyen todos los veredictos legales pertinentes.
El segundo aspecto se refiere a la duración del periodo, es decir, cuánto dura. Los ‘Ulama difirieron ampliamente al respecto, llegando a pronunciarse y registrarse seis o siete opiniones diferentes. El gran sabio Ibn Al-Mundhir dijo, reflejando la opinión de varios estudiosos: “No existe un límite máximo o mínimo para la duración [del flujo] de la sangre de la menstruación”. Esta opinión es similar a la de Ad-Darami, que ya mencionáramos y que fuera escogida por Ibn Taimiah también. Tal opinión es la correcta, ya que responde a la evidencia del Corán, la Sunnah y los argumentos de los eruditos.
La primera evidencia:
Allah dice en el siguiente versículo:
“Te preguntan sobre la menstruación. Di: Es una impureza. Así pues, absteneos de las mujeres mientras dure y no vayáis a ellas hasta que no estén puras”. (Corán 2:222)
Allah hizo que la prohibición de acercarse (sexualmente) a la mujer durante la menstruación, esté supeditada a la condición de pureza de la misma, y no así al transcurso de un periodo de tiempo específico, como un día o noche, tres o quince días, etc. Esto prueba claramente que el criterio está definido por la existencia misma del flujo. Así, si se ve el flujo sanguíneo causado por la menstruación, las reglas pertinentes se aplicarán eventualmente; y si cesa de existir, las reglas cesarán de aplicarse inmediatamente.
La segunda evidencia:
El hadiz auténtico registrado en Sahih Muslim[1], nos informa que el Profeta de Allah ﷺ le dijo a su esposa ‘A’isha t cuando esta empezó a menstruar estando ya en estado de Ihram para la ‘Umrah, que realice los rituales igual que los otros peregrinos, pero que se abstenga de circunvalar la Ka’bah hasta que se encuentre pura nuevamente, es decir, hasta que se detenga el flujo. ‘A’isha t mencionó que el flujo se detuvo el día del Sacrificio[2].
Ha sido registrado también en Sahih Al Bujari, que el Profeta ﷺ le dijo que espere hasta estar pura nuevamente y que luego se dirija al Tan’im[3], y que complete los pilares del Hayy que le faltaban. Por lo tanto, el Profeta de Allah ﷺ condicionó la realización de los pilares restantes al cese del flujo menstrual. El Profeta ﷺ no la condicionó al paso de un cierto límite de tiempo, sino a la existencia misma de la sangre, explicando así el criterio a seguir en este tema.
La tercera evidencia:
Las elaboradas opiniones presentadas por los eruditos, relacionadas con este asunto, no tienen una base en el Corán o la Sunnah, a pesar de la necesidad de que sea explicado y hecho claro. Por lo tanto, si era tan importante que la gente conozca la cantidad exacta de estos días, para poder adorar a Allah basados en este conocimiento, Allah y Su Mensajero ﷺ lo hubiesen hecho bien claros y obvios a todos, como las reglas pertinentes a la oración, el ayuno, el matrimonio, el divorcio, la herencia y otros asuntos importantes. Por ejemplo, el Corán y la Sunnah especificaron claramente los tiempos del ayuno, la oración, los días de la Peregrinación y hasta detalles de asuntos de menor trascendencia que los anteriores, como la etiqueta a seguir en la mesa, al beber, dormir, hasta la higiene después de realizar las necesidades fisiológicas. Allah, elevado sea, ha completado la religión y hecho Su bendición perfecta sobre los creyentes, tal y como lo afirma en los siguientes versículos:
“…Hemos hecho que te descendiera a ti el Libro que es una aclaración para cada cosa...” (Corán 16:89)
“Y no es un relato inventado, sino una confirmación de lo que ya tenían, una aclaración precisa de cada cosa y una guía y una misericordia para gente que cree” (Corán 12:111)
La cuarta evidencia:
Allah, elevado sea, describió a la menstruación como una impureza (2:222) y, realizando una analogía válida, veremos que no importa la cantidad de días que se definan como de menstruación, por parte de aquellos que quieren limitarlos; sino que, siempre y cuando exista la impureza (del flujo sanguíneo), el día será considerado de menstruación. La misma descripción de “día de menstruación” que le dimos al primer día del flujo, es válida (análoga) para todos los días que se le asemejen por causa del flujo (la misma causa).
La quinta evidencia:
La diferencia de opinión entre los eruditos que quieren limitar el número de días, es variada y confusa. Esto debido a que es el producto del mero esfuerzo intelectual, sin basarse en ningún tipo de texto.
Es importante indicar que el flujo sanguíneo (hemorragia) del que estamos hablando, difiere del causado por alguna enfermedad o herida, ya que el flujo no es considerado menstruación en estos casos. De aquí que Ibn Taimiah dijera que toda sangre (flujo) que salga de la vagina se considerará menstruación, a menos que alguna evidencia nos indique que se trata de una hemorragia frecuente o metrorragia (ár. Istihadah) o sangre causada por el rompimiento de una vena o una herida.
Esta opinión es la más correcta y la que más se acerca al espíritu de la legislación islámica (Shari’ah), que posee como uno de sus principios fundamentales el facilitar el cumplimiento de la misma a los siervos de Allah, evitando toda complicación. Él mismo afirma en el Corán:
“… y no ha puesto ninguna dificultad en la práctica de la Adoración…” (Corán 22:78)
Y el Profeta Muhammad ﷺ dijo:
“La religión es fácil. Quien se exige demasiado a sí mismo, no la podrá soportar. No seáis extremistas y tratad de acercaros a la perfección. Albriciaos con la recompensa que recibiréis y fortificaos con la oración por la mañana, por la tarde y con la oración nocturna”. (Bujari)
‘A’isha t dijo: “Siempre que el Profeta ﷺ podía elegir entre dos asuntos, elegía el más fácil, mientras no implique un pecado. Y si era un pecado, era la persona más alejada de ello”.
La menstruación en la mujer embarazada
Lo normal es que la mujer cuando está embarazada no menstrúe. El Imam Ahmad (que Allah tenga misericordia con él) dijo: “Las mujeres se dan cuenta que están embarazadas gracias al indicio que les proporciona la sangre”. ¿Pero qué pasa si una mujer embarazada experimenta un flujo de sangre? ¿Cuál es el veredicto de la Shari’ah al respecto? La respuesta es que si llegara a ver sangre junto con los dolores del parto, dos o tres días antes del mismo, esta sangre es considerada como hemorragia posparto (por lo que debe atenerse a los preceptos religiosos pertinentes); y por el contrario, si esta sangre no está acompañada con dolores de parto, ya sea dos, tres o más días antes del parto [no se considera como hemorragia posparto sino que], se considera como menstruación, en caso de ser esta hemorragia de aspecto similar a la de la menstruación[4].
Por lo tanto, la mujer embarazada, en este caso, debe atenerse a los preceptos religiosos de la menstruación, salvo en los dos siguientes casos:
El primero es el divorcio, puesto que se le prohíbe al hombre divorciar a su mujer durante la menstruación, no así cuando está embarazada y menstrúa; porque el divorcio durante la menstruación, en una mujer que no está embarazada, contradice lo que Allah, Exaltado sea, dice:
“… Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo de manera que estén en disposición de empezar su período de espera[5]…” (Corán 65:1)
Este no es el caso del divorcio durante la menstruación en una mujer embarazada, ya que su periodo de espera, así menstrúe o no, es el embarazo mismo; por eso, tampoco se le prohíbe al hombre divorciar su mujer embarazada después de haber tenido relaciones sexuales.
El segundo: La menstruación en una mujer embarazada no es considerada en el período obligatorio de espera después del divorcio; ya que el período obligatorio (árabe, ‘Iddah) que se espera de una mujer embarazada concluye con el parto, debido a que Allah, Exaltado sea, dice:
“Y las que estén embarazadas, su período de espera será hasta que den a luz” (Corán 65:4)
Los preceptos religiosos relacionados con la menstruación
Existen más de veinte preceptos legales relacionados con la menstruación. Aquí presentaremos los más importantes:
La oración: Le está prohibido a la mujer rezar cuando está menstruando, ya sean las oraciones obligatorias (Fard) como las voluntarias (Nafl). Tampoco es una obligación para ella rezar durante la menstruación, excepto en el caso de que haya tiempo suficiente, antes del inicio o después del fin del sangrado, de realizar una rak’ah completa, ya sea en el comienzo o en el final del tiempo de la oración; pues, en este caso, esa oración se torna obligatoria.
Por ejemplo, si una mujer comienza a menstruar habiendo pasado desde la puesta del sol el tiempo suficiente como para hacer una rak’ah, es una obligación para ella compensar la oración del magrib después de la finalización del ciclo menstrual. O por ejemplo, si una mujer deja de menstruar faltando para la salida del sol el tiempo suficiente como para hacer una rak’ah, también es una obligación para ella, después de realizar la ablución mayor, reponer la oración del fayr, por haber alcanzado una parte del tiempo (suficiente como para hacer una rak’ah completa) en el que todavía la oración es válida. Por el contrario, de no ser suficiente el tiempo para una rak’ah completa (como si, en el primer ejemplo, la mujer menstrúa un instante después de la puesta del sol o, en el segundo, deja de menstruar un instante antes de la salida del sol), la oración no es obligatoria para ella; porque el Enviado de Allah ﷺ dijo:
“Quien alcance a rezar una rak’ah de la oración [antes de que acabe el tiempo en el que todavía la oración es válida] ciertamente alcanzó la oración”. (Bujari y Muslim)
De este relato del Profeta ﷺ, se entiende que quien alcanzó a rezar menos de una rak’ah, no alcanzó la oración.
Supongamos que la mujer cuyo periodo acaba de finalizar alcanza a rezar una rak’ah del ‘Asr (la tarde), o alcanza a rezar una rak’ah del ‘Isha (la noche), ¿debe realizar también la oración que le antecedía (en el primer caso el Dhuhr y en el segundo el Magrib)? Los eruditos difieren al respecto; pero la opinión correcta y la que está basada en la evidencia más fuerte, es la que afirma que no se deben realizar las oraciones anteriores (Dhuhr y Magrib en ambos casos), y que sólo se debe realizar la oración cuyo tiempo está vigente. Dijo el Profeta de Allah ﷺ:
“Quien alcance a rezar una rak’ah de la oración del ‘Asr, antes de que se oculte el sol, ciertamente alcanzó la oración del ‘Asr”. (Bujari y Muslim)
El Profeta ﷺ no dijo que la persona también debe rezar el Dhuhr (la oración anterior); sino que sólo mencionó la oración cuyo tiempo aún está vigente. Esta opinión está acorde con uno de los principios del Fiqh, que dice “el origen es eximir a la persona de la obligación”; en este caso, eximirla de la obligación de rezar la oración anterior, ya que no hay evidencia de la obligatoriedad de realizarla. Así era la opinión de Abu Hanifah y Malik, tal y como nos informa el libro Sharh Al Muhadhdhab.
Con respecto a recordar a Allah interiormente o diciendo "Allahu akbar" (Dios es Supremo), "Subhanallah" (Glorificado sea Dios), "Alhamdulillah" (Alabado sea Dios) o "Bismillahi" (En el nombre Dios) antes de comer, o leer los relatos (hadices) del Profeta ﷺ, leer sobre jurisprudencia Islámica (Fiqh), hacer una invocación (Dua’) y luego decir "Amín", o escuchar la recitación del Corán, no le está prohibido a la mujer durante la menstruación. Ambos, Al Bujari y Muslim, transmitieron en sus libros Sahih que el Profeta ﷺ solía recostarse en el regazo de ‘A’isha t y leer Corán cuando ella estaba menstruando; también nos transmitieron lo narrado por Umm ‘Atiah t, que el Enviado de Allah ﷺ dijo:
“Las mujeres pueden asistir a las fiestas del Fitr y del Ad-ha, tanto las puras como las que tienen sus reglas, al igual que las jóvenes reclusas en el fondo de su gineceos. Sin embargo, las que tienen sus reglas no harán la oración, sino que se contentarán con asistir a estos buenos actos y participar en las invocaciones de los musulmanes”. (Bujari y Muslim).
¿Puede la menstruante tocar el Corán para leerlo o recitarlo? Si la mujer durante su ciclo leyera sin tocar el Corán o meditara sobre sus enseñanzas sin pronunciar, le está permitido hacerlo. Lo que se puede hacer, por ejemplo, es que otra persona abra el Corán y lo coloque en un sitio donde ella pueda observar los versículos y leerlos silenciosamente, sin necesidad de tocarlo.
Por el contrario, si leyera el Corán en voz alta, la mayoría de los sabios dicen que es prohibido[6]; pero lo que corresponde en este caso (después de haber sabido que hay una minoría de sabios[7] que dicen que es permitido que la mujer que está menstruando lea el Corán en voz alta), es decir que lo mejor es que no lea en voz alta; o sea, que no pronuncie lo que lee, excepto en caso de necesidad (por ejemplo, que sea maestra y deba enseñar a sus alumnos el Corán o necesite leer para examinar la lectura de los mismos, u otros casos similares).
El ayuno: Le es prohibido a la mujer ayunar cuando está menstruando, ya sea el ayuno obligatorio como el voluntario[8], pero es una obligación para ella reponer los días de ayuno obligatorio que no pudo realizar; esto debido a lo narrado por ‘A’isha t, quien dijo: ‘Cuando menstruábamos se nos ordenaba reponer el ayuno y no se nos ordenaba reponer la oración’. (Bujari y Muslim).
Si una mujer está ayunando y comienza a menstruar, su ayuno es invalidado, aún en el caso de venirle la regla un instante antes de la puesta del sol; y en el caso de estar ayunando un ayuno obligatorio, debe reponer los días de ayuno que perdió a causa de la menstruación.
En cambio, si sintiera el flujo de la menstruación dentro de su organismo antes de la puesta del sol, pero la sangre comenzara a salir después de esta hora, su ayuno es completo y no se invalida. Puesto que, en este caso, la sangre no es considerada cuando se encuentra dentro del organismo de la mujer; porque cuando se le preguntó al Profeta ﷺ acerca de si la mujer que ve en su sueño lo que ve un hombre[9] debe hacer la ablución mayor, dijo ﷺ: “Sí, si encontró restos de secreción vaginal”, e hizo depender este precepto de la existencia de restos de secreción, no de la sensación de su flujo dentro del organismo. Así también es el caso de la menstruación.
Si sale el sol y la mujer está menstruando, el ayuno de ese día queda invalidado, incluso si hubiese dejado de menstruar un instante después de la salida del sol.
Si, por el contrario, dejara de menstruar un instante antes de la salida del sol y ayunase, su ayuno es correcto aunque no se bañe (para purificarse de la menstruación) hasta después de la salida del sol. Como es el caso del que está poluto (yunub), que pone la intención de ayunar y hace la ablución mayor después de la salida del sol, su ayuno también es correcto, según lo que narró ‘A’isha t: “Solía el enviado de Allah ﷺ amanecer poluto a causa de haber tenido un contacto sexual, no una eyaculación nocturna, y [aún así] ayunaba en Ramadán”. (Bujari y Muslim)
El Tawaf (Las siete vueltas alrededor de la Ka’bah): Le es prohibido a la mujer que está menstruando realizar las vueltas alrededor de la Ka’bah, tanto las obligatorias como las voluntarias[10]; ya que el Profeta ﷺ le dijo a ‘A’isha t cuando le vino la regla: “Haz lo que hace el peregrino, pero no hagas las vueltas a la Ka’bah hasta que no te hayas purificado”.
En cambio, el resto de las actividades, como el circuito entre As Safa y Al Marwah (As Sa’i), la parada en Arafat, pernoctar en Muzdalifah y Mina, arrojar las piedras, y los demás ritos de la peregrinación (Hayy) y la ‘Umrah, no le son prohibidos de realizar. Basándonos en esto, citaremos el siguiente ejemplo: si una mujer realizara las siete vueltas alrededor de la Ka’bah y empezara a menstruar inmediatamente después de las vueltas, o durante el circuito entre As Safa y Al Marwah, su Tawaf es válido.
La anulación de la obligatoriedad de realizar Tawaf Al Wada’: Si después de haber completado los ritos del Hayy y la Umrah, y antes de emprender la partida de regreso a su país, la mujer comenzara a menstruar y continuara con la regla hasta el momento de la partida, en este caso, emprende la partida sin la realización del Tawaf Al Wada’, según el relato de Ibn ‘Abbas t quien dijo: ‘Se les ordenó a las personas [peregrinos] que [el Tawaf] fuera su último compromiso con la Casa de Allah, sin embargo se le fue alivianado a la mujer que está con la regla’ (Bujari y Muslim).
No es aconsejable que la mujer que está menstruando al momento de la partida, se dirija hacia la puerta de la mezquita de La Meca para realizar una invocación, puesto que no se menciona que el Profeta ﷺ lo haya indicado, y los actos de adoración están sujetos únicamente a lo mencionado por el Corán, el Profeta y sus compañeros. Por el contrario, cuando Safia t comenzó a menstruar después de haber realizado el Tawaf Al Ifada (el tawaf que es un rito indispensable para la validez del Hayy), el Profeta ﷺ le dijo que retorne a Mina y que permanezca allí por tres días[11], y no le ordenó que se dirigiera hacia la puerta de la mezquita, siendo que, de haber sido aconsejable, lo hubiera hecho. No ha sido reportado ni un sólo hadiz que mencione la virtud o legalidad de esta práctica.
En cambio, el Tawaf del Hayy y el Tawaf de la ‘Umrah no dejan de ser obligatorios para la mujer, aunque esté menstruando; sólo que lo debe realizar después de la finalización de la menstruación y después de purificarse.
La permanencia en la mezquita: Le es prohibido a la mujer que está menstruando permanecer en la mezquita o en el oratorio (musallah), donde se reza la oración de las dos fiestas[12] en congregación. Esto debido a lo narrado por Umm ‘Atiah t, quien dijo: oí al Enviado de Allah ﷺ decir: ‘Las mujeres pueden asistir a las fiestas del Fitr y del Ad-ha, tanto las puras como las que tienen sus reglas, al igual que las jóvenes reclusas en el fondo de sus gineceos... pero las que tienen sus reglas se mantendrán alejadas del oratorio’ (Bujari y Muslim).
La relación sexual: Le es prohibido al hombre mantener relaciones sexuales con su mujer cuando esta esté menstruando; como así también le es prohibido a la mujer, que se encuentra en ese estado, facilitarle al hombre la posibilidad de hacerlo, debido a que Allah, Exaltado sea, dice:
“Te preguntan sobre la menstruación. Di: Es una impureza. Así pues, absteneos de las mujeres mientras dure y no vayáis a ellas hasta que no estén puras” (Corán 2:222)
La menstruación en este versículo significa: la duración del ciclo y el lugar de la hemorragia, es decir, el órgano sexual femenino.
El Profeta ﷺ dijo:
“Haced todo lo que queráis [durante la menstruación], pero no mantengáis relaciones sexuales” (Muslim).
Además, por una resolución unánime de los musulmanes (Iyma’) es prohibido mantener relaciones sexuales (coito) cuando la mujer está con la regla.
Por consiguiente no se le permite a ningún hombre, que crea en Allah y en el Día del juicio final, atreverse a hacer algo incorrecto como lo es esto; ya que el Corán, la tradición del Profeta ﷺ y la resolución unánime de los musulmanes, determinaron su prohibición; y quien, a pesar de todo esto, tenga la osadía de hacerlo, será de quienes se oponen a Allah y a Su Mensajero y siguen un camino diferente al de los creyentes[13].
Por cierto que, Gracias a Allah, les fue permitido (a ambos) hacer aquello que calma su deseo (a excepción de la relación sexual); como por ejemplo: besar, abrazar, acariciar (menos el órgano femenino); pero lo más apropiado es que (el hombre) no acaricie la zona que comprende desde el ombligo a las rodillas sin algo que impida el contacto directo de la piel (una tela, falda, etc.).
Como narró ‘A’isha t quien dijo:
‘Solía el Profeta ﷺ ordenarme, cuando estaba menstruando, que me cubriera de la cintura para abajo y me acariciaba’ (Bujari y Muslim).
El divorcio: Se le prohíbe al hombre divorciar a su mujer durante la menstruación, debido a que Allah, Exaltado sea, dice:
“¡Profeta! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo de manera que estén en disposición de empezar su periodo de espera…” (Corán 65:1)
Es decir, que el divorcio sea cuando estén por empezar un periodo determinado de espera (‘Iddah), y esto no ocurre sino en caso de divorciarla cuando está embarazada o cuando no se encuentra con la regla y no han mantenido relaciones sexuales; porque si la divorcia durante la menstruación, no está en disposición de empezar su periodo de espera, debido a que la menstruación en la que fue divorciada no es considerada dentro del periodo de espera (que es de tres ciclos menstruales). Y si la divorcia cuando no se encuentra con la regla, pero después de haber tenido relaciones sexuales, su periodo de espera se torna indeterminado, puesto que no se sabe si quedó embarazada y deba esperar hasta el parto o no, por lo que los ciclos menstruales se convierten en su periodo de espera.
Por eso, al no saber exactamente cual es su periodo de espera, fue prohibido el divorcio durante la menstruación. De esta manera, el divorcio durante la menstruación es prohibido por el versículo coránico anteriormente mencionado, y por lo que transmitieron Al Bujari, Muslim y otros, que:
‘Abdullah bin ‘Umar t relató que divorció a su esposa durante su menstruación en la época del Mensajero de Allah ﷺ. ‘Umar bin Al Jattâb consultó al Mensajero de Allah ﷺ sobre eso. El Profeta ﷺ se molestó y dijo: “Ordénale que se reconcilie y que permanezca con ella, que se purifique de la menstruación; y cuando tenga otra menstruación y se purifique de ella, que la mantenga [se reconcilie] si quiere, o que la divorcie antes de mantener relaciones con ella (después de su segunda purificación). Esa es la ‘Iddah que Allah ordenó que se respete al divorciar a las mujeres”.
Si el hombre divorcia a su mujer cuando está menstruando se convierte en pecador, por lo que tiene que volverse a Allah en arrepentimiento y regresar con su mujer para que esté bajo su protección hasta que la divorcie legalmente, como ordenó Allah y Su Profeta; es decir, que permanezca con ella hasta que deje de menstruar el periodo en que fue divorciada, luego menstrúe nuevamente, y luego de haber dejado de menstruar, si quiere, la divorcia, antes de tener algún tipo de relación sexual.
Se exceptúa de la prohibición del divorcio durante la menstruación en los siguientes tres casos:
El primero - En caso de que el divorcio ocurriera antes de haber estado a solas con ella o de haberla tocado (esto incluye las relaciones sexuales), no importa que la divorcie cuando esté menstruando, porque en este caso no le corresponde el periodo de espera; por lo cual, este divorcio no contradice lo que Allah, Exaltado sea, dijo:
“… Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo de manera que estén en disposición de empezar su período de espera…” (Corán 65:1)
El segundo - En caso de que la menstruación ocurra durante el embarazo (este punto ya fue explicado con detalle en el capítulo tres).
El tercero - En caso de que el divorcio sea por una compensación, entonces no importa que la divorcie cuando está menstruando, como por ejemplo: en caso de que ocurra un problema (o problemas) en la pareja y la relación se torne difícil, por lo que el hombre recibe una compensación para divorciarse[14], aunque ella esté menstruando. La evidencia de esta excepción se encuentra en lo que relató Ibn ‘Abbas t:
La mujer de Zabit bin Qais bin Shammas fue ante el Profeta ﷺ y le dijo: ‘¡Mensajero de Allah! No culpo a Zabit por defectos en su carácter o su religión, pero me disgusta la incredulidad después del Islam (temo comportarme como una incrédula con él)’. El Mensajero de Allah ﷺ le dijo: “¿Le devolverás el huerto (que te dio como dote)?” ella dijo: ‘sí’. Entonces, el Profeta ﷺ dijo (a Zabit): “Acepta el huerto y divórciala una sola vez” (Bujari).
Como vemos, el Profeta ﷺ no preguntó si estaba menstruando, porque este divorcio es pedido por la propia mujer. Por lo tanto, este tipo de divorcio es permitido en caso de necesidad, sin tener en cuenta el estado de la mujer (es decir, si está con la regla o no).
La prohibición del divorcio durante la menstruación, es por causa del daño que sufre la mujer debido al largo periodo de espera (y de convivencia con la persona que no soporta); en cambio, el divorcio a petición de la mujer, que paga la compensación[15], es para revocar el daño que ella sufre debido a una mala relación y a la convivencia con alguien que no quiere y detesta. Este daño es mayor que el provocado por un periodo de espera largo, por lo que se puede revocar el daño mayor sin tener en cuenta el daño menor (que en este caso, sería el largo periodo de espera).
Por eso, el Profeta ﷺ no le preguntó a la mujer de Zabit si estaba menstruando o no[16].
Por otra parte, es permitido contraer matrimonio durante la menstruación, ya que no hay nada que lo prohíba. Ahora bien, debido a la prohibición de mantener relaciones sexuales durante la menstruación, el hombre debe analizar si se siente seguro de no consumar el matrimonio en ese estado; y en tal caso, no hay problema de que cohabite con ella inmediatamente después del matrimonio. Sin embargo, lo mejor es que espere que finalice su ciclo para recién cohabitar con ella, como medida preventiva para no cometer algo prohibido.
La determinación (cálculo) del periodo de espera luego del divorcio: Si el hombre divorcia a su mujer después de haberla tocado o haber estado a solas con ella, la mujer debe esperar un periodo de tres ciclos menstruales completos, si es de las mujeres que menstrúan y no está embarazada, debido a que Allah, Exaltado sea, dice:
“Las divorciadas deberán esperar tres menstruaciones para estar en disposición de volverse a casar…” (Corán 2:228)
Si estuviera embarazada, deberá esperar hasta el parto, así faltase poco o mucho, debido a que Allah, Alabado sea, dice:
“Y las que estén embarazadas, su período de espera será hasta que den a luz” (Corán 65:4)
Pero si fuese de las mujeres que no menstrúan, como las impúber que todavía no ha empezado a menstruar o la que no menstrúa porque llegó a la menopausia o a causa de una operación de extracción de matriz (histerectomía) o cualquier otra causa por la que ya no volverá a menstruar, el tiempo de espera será de tres meses debido a lo que Allah, Exaltado sea, dice:
“Y aquellas de vuestras mujeres que hayan llegado a la menopausia, si dudáis de su período de espera, éste son tres meses; así como para la que aún no haya tenido la menstruación” (Corán 65:4)
Si la mujer fuese de las que menstrúan, pero dejó de menstruar por una causa determinada, como enfermedad o amamantamiento, en este caso permanece en el periodo de espera, aunque se prolongue hasta que comience a menstruar nuevamente. Si la causa desapareciera y volviera a menstruar, la mujer debe esperar un año, empezando de la fecha de la desaparición del impedimento. Esta es la opinión correcta. Si esa causa desapareciera y no volviera a menstruar (como que se recuperara de la enfermedad o dejara de amamantar), debe esperar un año completo a partir de la desaparición de la causa, porque es como quien dejo de menstruar sin ninguna causa determinada; y en tal caso, el periodo de espera es de un año completo: nueve meses por la posibilidad de un embarazo y tres meses por el periodo de espera.
Ahora bien, si el divorcio fuera después del contrato de matrimonio, pero antes de haberla tocado o haberse quedado a solas con ella, no existe periodo de espera (dictado por la menstruación ni por otra referencia) después del divorcio, debido a lo que Allah, Exaltado sea, dice:
“¡Vosotros que creéis! Cuando desposéis a las creyentes y luego las divorciéis antes de haberlas tocado, no tenéis que contar ningún periodo de espera…” (Corán 33:49)
El fallo de que la mujer no está embarazada: El juez necesita de este fallo cuando, por ejemplo, muere un hombre (después de haber consumado su matrimonio), por lo que la viuda debe cumplir con el periodo obligatorio de espera de cuatro meses y diez días; ya que no puede mantener relaciones (con su nuevo esposo, si se casa nuevamente) hasta que menstrúe o se descubra el embarazo.
En caso de que se descubriese el embarazo, el juez determina que el embrión es heredero legítimo del fallecido; ya que el mismo existía (en el útero de su madre) antes de su deceso. Pero en caso de que menstruara, el juez determina que no está embarazada del hombre fallecido.
La obligatoriedad de realizar la ablución mayor (Gusl): La mujer debe hacer la ablución mayor o purificación de todo el cuerpo al finalizar su menstruación; debido a que el Enviado de Allah ﷺ le dijo a Fátima bint Hubeish t:
“Cuando comience tu menstruación deja la oración; y cuando finalice, báñate y reza” (Bujari).
El mínimo obligatorio en la ablución mayor, consiste en hacer fluir agua pura por todo el cuerpo, incluido el cuero cabelludo; pero lo mejor es que sea como lo describió el Profeta ﷺ cuando Asma’ bint Shakal t le preguntó acerca de la purificación después de la finalización de la menstruación, y dijo ﷺ: “Toma agua y hojas de árbol (en la actualidad lo indicado sería jabón), y purifícate lo mejor posible; luego echa agua sobre tu cabeza y frota con los dedos tus cabellos, para que ésta llegue a las raíces. Finalmente, vierte agua sobre todo tu cuerpo y coge un pedazo de tela impregnada con perfume para purificarte con ella”. Entonces Asma' inquirió: ¿Cómo hago para purificarme con ella? El Profeta ﷺ exclamó [un poco molesto]: “¡Glorificado sea Allah!” Entonces ‘A'ishah t le dijo: Perfumando el lugar de la hemorragia” (Muslim).
No es obligatorio soltarse el cabello, a menos que esté sujeto de modo tal que se tema que el agua no llegue al cuero cabelludo. Esto, basados en el hadiz registrado en Sahih Muslim, que Umm Salama t le preguntó al Profeta ﷺ y le dijo:
Soy una mujer que ato mis cabellos [firmemente], ¿a caso debo soltarlos para hacer la ablución mayor[17]? y el Profeta ﷺ le respondió: “No. Es suficiente, para que te purifiques, que viertas agua sobre tu cabeza, tres veces lo que quepa en tus dos manos, luego viertas agua sobre tu cuerpo”.
Por otro lado, si la mujer deja de menstruar en el horario de una oración, es una obligación que haga la ablución mayor lo más pronto posible, para poder así alcanzar a rezar la oración en su tiempo. Pero si estuviera de viaje y no encontrase agua, o encontrase agua pero teme que su utilización la perjudique (por ejemplo, que esté enferma y el uso del agua empeore su estado) entonces debe realizar la ablución menor con tierra o polvo puros, por falta de agua (taiammum) y en reemplazo de la ablución mayor, hasta que desaparezca lo que no le permite la utilización del agua. Una vez que el impedimento desaparezca, deberá realizar la ablución mayor con agua.
También se presentan casos en que algunas mujeres dejan de menstruar durante el horario de una oración y retrasan la ablución mayor hasta el horario de la siguiente, excusándose de no tener tiempo [o agua] para realizar correctamente la purificación (Gusl). Pero esto no es válido, porque pueden purificarse cumpliendo con lo mínimo necesario para la purificación y alcanzar a rezar la oración en su horario; luego, si tiene tiempo, se purifica de la mejor manera.
Al Istihadah o metrorragia y sus preceptos pertinentes
La Istihadah o metrorragia, es una hemorragia (flujo de sangre vaginal) de la matriz, fuera del periodo menstrual, y que no es originada por el parto. Esta hemorragia puede ser continua o detenerse por cortos periodos de uno o dos días al mes.
La evidencia de la existencia de ambos tipos de metrorragia, la encontramos en las diferentes colecciones de hadices del Mensajero de Allah ﷺ. Así, tenemos el hadiz registrado por Bujari de ‘A’isha t, quien dijo:
Fátima bint Hubaish le dijo al Mensajero de Allah ﷺ: ‘¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia y no logro purificarme’
Y el hadiz de Hamna, hija de Yahsh t, quien fue donde el Profeta de Allah ﷺ y dijo: ‘¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia, por lo que tengo una hemorragia intensa y continua…’ (Ahmad, Abu Dawud y At Tirmidhi lo calificaron Sahih y Bujari Hasan)
Las situaciones de la mujer que sufre de metrorragia
Existen tres casos o situaciones que podemos incluir bajo esta categoría:
El primer caso: Aquella que tenía periodos menstruales regulares, conocidos antes de que la afectara la metrorragia. En este caso, la mujer debe calcular cuándo comenzaría y finalizaría normalmente su periodo (es decir, tomarlo como punto de referencia), y debe dejar de realizar la oración durante estos días. Todas las otras reglas de la menstruación se le aplican durante este tiempo. Para el resto de los días, su sangrando debe ser considerado como metrorragia. Así, por ejemplo, si a una mujer le llegaba su periodo en el primer día de cada mes y duraba seis días, pero se vio afectada por la metrorragia y la sangre no cesa de fluir, lo que debe hacer es considerar los primeros seis días del mes como menstruación, los días restantes serán considerados Istihadah y debe atenerse a las reglas que la rigen, las cuales veremos más adelante.
Este principio se encuentra expresado claramente en el hadiz relatado por ‘A’isha t, que Fátima Bint Abu Hubaish t dijo:
‘¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia y no logro purificarme, ¿acaso debo dejar la oración?’ Y él ﷺ respondió: “No, pues sólo se trata de una hemorragia patológica. Deja la oración los días que solías menstruar, y luego báñate y reza” (Bujari)
En otra narración registrada en Sahih Muslim, el Profeta de Allah ﷺ le dijo a Umm Habibah Bint Yahsh t:
“Permanece sin rezar los días que solías menstruar, luego báñate y comienza a realizar la oración, y no te preocupes por la sangre excedente”.
El segundo caso: La mujer que no tenía un periodo regular, no recuerda cuándo ocurría o se vio afectada por la metrorragia desde su primera menstruación, pero puede distinguir entre los dos tipos de sangre (ya sea basada en el color, densidad u olor). Así, la sangre que ella considere de la menstruación, se someterá a las reglas de la menstruación; y aquella que sea metrorragia, a las reglas que le son pertinentes.
Por ejemplo, si una mujer menstrúa por primera vez y su hemorragia no cesa, y observa que la sangre durante diez días tiene un color oscuro (color ocre o barro) y el resto del mes es de color normal, o que es espesa y luego se torna fluida, o que tiene olor a sangre de menstruación y luego ese olor desaparece; entonces, debe acatar los preceptos religiosos de la menstruación, los días en que la sangre tiene las características propias de una menstruación; y los preceptos de la metrorragia, el resto de los días.
Esto ha sido deducido, por los estudiosos, de las palabras que el Profeta ﷺ le dijo a Fátimah Bint Abu Hubaish t:
“La sangre de la menstruación es de un color oscuro conocido; así que, mientras tenga esta característica, deja la oración, y cuando su color se normalice báñate [y hazte la ablución] y reza nuevamente, pues se trata de metrorragia”
Este hadiz fue registrado por Abu Dawud y An Nasa’i, y fue catalogado auténtico por Ibn Hibban y Al Hakim. Aún así, existen algunas reservas acerca de su autenticidad por parte de algunos de los estudiosos especializados en este campo, pero es el texto más auténtico que se tiene sobre el tema, y por esta razón los eruditos juristas lo utilizan.
El tercer caso: Aquella mujer que no tenía un periodo regular, e incluso, no puede distinguir entre los dos tipos de sangre, ya sea porque siempre es el mismo o porque cambia constantemente.
Esta mujer debe considerar el ciclo normal de la mayoría de las mujeres, es decir de seis o siete días. Todos los meses, debe considerarse con menstruación, y debe calcularlo desde el momento en que notó el primer sangrando vaginal (la primera vez), el resto de los días debe considerarse como metrorragia.
Así, si la mujer vio la sangre por primera vez el quinto día del mes, y ante su imposibilidad de distinguir entre los dos tipos de sangre, debe considerar ese quinto día como su referencia y asumirse menstruante por seis o siete días. Este procedimiento está de acuerdo con el hadiz narrado por Hamna bint Yahsh t, quien dijo:
‘¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia, por lo que tengo una hemorragia intensa y continua que me impide hacer la oración y ayunar, ¿qué debo hacer?’ Y el Profeta ﷺ le respondió: “Te indicaré cómo utilizar algodón para que absorba la sangre.” Ella añadió: ‘Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo’. Entonces el Profeta ﷺ dijo: “Este es uno de los medios que Satanás utiliza para perjudicar a las mujeres; así que, considera menstruación seis o siete días solamente, luego purifícate y reza veinticuatro o veintitrés días [con sus noches] y ayuna [así también]” (Ahmad, Abu Dawud y At Tirmidhi lo calificaron Sahih y Bujari Hasan).
Las palabras del Profeta ﷺ “considera menstruación seis o siete días”, no tienen como objetivo que las mujeres escojan entre seis o siete días; sino que es una manera de exhortarlas a esforzarse en saber cuál está más próximo a su situación, teniendo en cuenta los días que menstrúan quienes se parecen a ella físicamente y en edad, y el ciclo menstrual de las mujeres de su familia.
Por consiguiente, si se llega a la concusión que la cantidad de días es aproximadamente seis, se debe actuar consecuentemente. Y si se determina que son siete, se debe seguir el mismo curso.
Situaciones similares a la Istihada
Cuando una mujer se somete a una operación en el útero o algún otro órgano, puede experimentar una hemorragia con síntomas parecidos a los de la metrorragia. Tal condición puede ser de dos tipos:
El primer tipo: Que la mujer sepa que no volverá a menstruar debido a la operación. En este caso, las reglas que rigen la metrorragia no se aplicarán a ella; sino que se la considerará bajo las reglas de la mujer que ve salir un líquido amarillento y descolorido, o que experimenta alguna humedad después de haberse purificado. Por lo tanto, no debe abstenerse de rezar, ayunar o tener relaciones sexuales. Tampoco deberá realizar el Gusl debido a la salida de alguno de estos líquidos.
Por otro lado, cuando llegue el tiempo de ofrecer sus oraciones, la mujer debe lavar esos líquidos y colocar algo que prevenga la salida de los mismos (toallas higiénicas, por ejemplo). Después debe realizar la ablución y posteriormente la oración. En este caso en particular, la mujer no deberá realizar la ablución sino después de que el tiempo de la oración haya comenzado. De lo contrario, si se trata de una oración voluntaria, podrá realizar la ablución cuando se disponga a hacerla.
El segundo tipo: No se sabe con seguridad si la menstruación se detendrá después de la operación, por lo que existen posibilidades que menstrúe. En este caso, la mujer se atendrá a las reglas que rigen la metrorragia.
Los preceptos de la Istihadah
Ya hemos visto cómo distinguir la menstruación de la metrorragia, y que, una vez definidas, ambas se rigen por reglas diferentes. Las reglas de la metrorragia son como las de la mujer que no se encuentra menstruando, excepto en los siguientes puntos:
Primero: La mujer que sufre de metrorragia debe realizar la ablución para cada una de las cinco oraciones obligatorias, aún si no hizo sus necesidades. La evidencia de esto la encontramos en las palabras del Profeta ﷺ a Fátima Bint Abu Hubaish t:
“Luego realiza la ablución menor para cada oración” (Bujari)
La mujer no deberá realizar la ablución sino después de que el tiempo de la oración en cuestión haya comenzado. De lo contrario, si se trata de una oración voluntaria, podrá realizar la ablución cuando se disponga a hacerla.
Segundo: Cuando llegue el tiempo de ofrecer sus oraciones, la mujer debe lavar la sangre y colocar algo que prevenga su salida (toallas higiénicas, por ejemplo) de la vagina. Esto basándonos en la respuesta que el Profeta de Allah ﷺ le dio a Hamnah t:
“Te indicaré cómo utilizar algodón para que absorba la sangre”. Ella añadió: ‘Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo’. El Profeta ﷺ le dijo: “Utiliza un paño” Y ella dijo nuevamente: ‘Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo’. Finalmente el Profeta ﷺ le dijo: “Utiliza, entonces, lo que consideres suficiente”.
La sangre que pueda salir luego de esto, no afecta la oración, el ayuno, o el acto de adoración que se esté realizando. El Profeta ﷺ le dijo a Fátima bint Abu Hubaish t:
“No reces los días que solías menstruar, luego hazte el Gusl y realiza el Wudu para cada oración obligatoria. Y sabe que aunque caiga una gota de sangre sobre la estera, tu oración es valida” (Ahmad e Ibn Mayah)
Tercero: Algunos eruditos opinan que la mujer en este estado no puede tener relaciones sexuales. Pero la opinión correcta, y la más fiel a la evidencia, es la que afirma que sí puede mantener relaciones sexuales; ya que muchas (diez o más) mujeres sufrieron de metrorragia en la época del Mensajero de Allah ﷺ y nunca se les prohibió hacerlo. Además, Allah dijo en el Noble Corán:
“…Así pues, absteneos de las mujeres mientras dure y no vayáis a ellas hasta que no estén puras” (2:222)
Esta es una clara evidencia de que la prohibición se remite sólo a la menstruación. Además, si le está permitido rezar a la mujer con metrorragia, también le debe estar permitido algo más simple como las relaciones sexuales. Debemos tener en cuenta que no se puede establecer una analogía entre la menstruación y la metrorragia, pues ambas son diferentes.
An Nifas: La hemorragia posparto o puerperio y sus preceptos
El puerperio, es sangre que fluye luego del nacimiento de un bebé o durante el parto, incluso dos o tres días antes del nacimiento, acompañado por los dolores de las contracciones. Las reglas relacionadas con el puerperio son las siguientes:
Primero: No existe límite mínimo, y el máximo generalmente se encuentra dentro de los cuarenta días. Si la mujer sabe que su puerperio dura más de cuarenta días, deberá esperar hasta que éste termine y luego realizar el Gusl. Pero si la mujer sabe que dura sólo cuarenta días, entonces deberá purificarse al llegar el cuadragésimo día, sin importar si la hemorragia continúa.
Segundo: Si la finalización del puerperio coincide con el comienzo de la menstruación, se debe esperar a que finalice esta última. Si la hemorragia continúa, entonces debe considerarse metrorragia y atenerse a las reglas que la rigen.
Tercero: Sólo se considera hemorragia posparto cuando el sangrado es causado por el parto o por la pérdida del feto. El feto es considerado como tal, sólo después de los tres meses de gestación. Si la hemorragia no fue causada por alguno de los dos motivos ya mencionados, entonces se considera metrorragia y se atiene a las reglas que la rigen.
Cuarta: La hemorragia posparto no se toma en cuenta al determinar el periodo (‘Iddah) que la mujer debe esperar antes de casarse nuevamente. Si la hemorragia posparto se interrumpe antes de los cuarenta días y luego vuelve a sangrar dentro de ese período, debe establecer qué tipo de hemorragia es, para así poder atenerse a los preceptos correspondientes.
Preguntas y respuestas sobre temas relacionados con la menstruación, la metrorragia y el puerperio
(Las siguientes Fatawa (veredictos legales) fueron emitidas por el Gran Mufti de Arabia Saudita, el Sheij Ibn Baz, el Sheij Ibn Yibrin, el Sheij Ibn ‘Uzaimin y otros, que Allah tenga misericordia con todos ellos)
La mujer no se vuelve impura debido a la menstruación o el sangrado posparto
Pregunta: Mi esposa dio a luz recientemente, y uno de mis amigos me dijo que estaba prohibido consumir la comida preparada por una mujer en estado de puerperio. Dijo que se la considera impura física y ritualmente. Esto, sabiendo que la mujer con puerperio no puede rezar, ayunar o leer el Corán. ¿Es esto cierto? Espero me ayuden con esta duda.
Respuesta: La mujer no se considera impura físicamente debido a su menstruación o el sangrado posparto. La persona puede comer y tener contacto físico con ella. También se puede tener contacto íntimo con ella, evitando el área genital. No es recomendable tener contacto con el área comprendida entre su ombligo y sus rodillas. Esto debido al hadiz relatado por Anas t, quien mencionó que, según las costumbres judías, cuando una mujer se encontraba menstruando, los hombres no comían con ella. Al escuchar esto, el Mensajero de Allah ﷺ dijo:
“Haced todo lo que queráis [durante la menstruación], pero no mantengáis relaciones sexuales”
Bujari y Muslim también registraron de ‘A’isha t que el Profeta ﷺ solía ordenarle, durante su menstruación, colocarse una tela que le cubriera el área comprendida entre el ombligo y las rodillas, y luego tenía contacto físico íntimo con ella. No existe relación alguna entre la prohibición de que la mujer que se encuentra en su periodo o con el sangrado posparto no rece, ayune o toque el Corán con sus manos para leerlo, y la clara permisividad de comer con ella y de la comida que haya preparado.
Comité Permanente de Juristas
El uso de pastillas que retrasan o inhiben la menstruación
Pregunta: Existen píldoras que retrasan la menstruación o la evitan. ¿Está permitido hacer uso de ellas durante la Peregrinación para evitar que la menstruación dificulte la realización de la misma?
Respuesta: Está permitido que la mujer use píldoras que retrasan o evitan la menstruación durante el peregrinaje, por miedo a que su periodo le dificulte la realización del mismo. Pero esto debe ser después de que se haya consultado a un médico especialista y que éste haya determinado que la salud de la mujer no se verá afectada. De manera similar, está permitido que se haga uso de estas píldoras durante Ramadán, si la mujer desea ayunar junto a los demás[18].
Comité Permanente de Juristas
La interrupción del sangrado durante la menstruación
Pregunta: Algunas veces ocurre, durante mi menstruación, que la sangre fluye por cuatro días y luego se detiene por tres días. Después, en el séptimo día, la sangre regresa, pero no tan intensa como antes. Luego toma un color ocre hasta el duodécimo día. Espero me puedan guiar hacia la práctica correcta…
Respuesta: Los días de su menstruación, tal y como la describió, están divididos en dos periodos: uno, del primero al cuarto día; y el otro, del séptimo al duodécimo. Entre ambos periodos, están los tres días en que la sangre no fluye. Tanto el primer como el segundo periodo son considerados de menstruación; por lo tanto, no deberá rezar, ayunar, tener relaciones sexuales, etc. durante los mismos. Al finalizar el primer periodo, deberá purificarse y rezar, etc. Luego, cuando comience el segundo periodo, suspenda sus oraciones, etc.; y al alcanzar el duodécimo día, realice nuevamente el Gusl y reinicie sus actividades religiosas con normalidad. Lo que ocurre, es que los días de la menstruación aumentan y disminuyen, y a veces se dan por separado[19]. Que Allah nos guíe hacia Su complacencia y que nos agracie, a todos los musulmanes, con el entendimiento y perseverancia en la religión.
Sheij Ibn Baz
Sangre después de realizar el Gusl
Pregunta: Me he dado cuenta que, en algunas ocasiones, inmediatamente después de realizar el Gusl por mi periodo, que es regular (cinco días) en su duración, una pequeña cantidad de sangre fluye de mi interior. Luego de esto, ya no sale más sangre. Me gustaría saber si debo tomar en cuenta solamente los días acostumbrados de mi menstruación, o si debo considerar también este día, añadiéndolo a mi periodo. Teniendo en cuenta que lo que he explicado no me ocurre siempre, sino cada dos o tres menstruaciones.
Respuesta: Si la sangre que sale de su interior después del Gusl es de color amarillento u ocre, no debe ser tomada en cuenta, y se le aplica los mismos preceptos que la orina[20].
Ahora bien, si la sangre tiene un color intenso, como el de la menstruación, entonces deberá repetir el Gusl. Esto, según el hadiz de Umm ‘Atiah t, una de las Compañeras del Profeta ﷺ, quien dijo: “Nosotras no tomábamos en cuenta el flujo amarillento ni el ocre, luego de la purificación de la menstruación” (Bujari).
Sheij Ibn Baz
Cómo higienizarse de la Orina durante el periodo
Pregunta: Cuando estoy menstruando, no me higienizo de la orina con agua, pues temo que me perjudique. ¿Cuál es el reglamento al respecto?
Respuesta: Es suficiente que utilice para higienizarse, en vez del agua, papel higiénico o cualquier material limpio y seco, que sea suficiente para eliminar las impurezas expulsadas por las salidas naturales. Se debe pasar el material tres veces o más, hasta que desaparezcan las impurezas. Este precepto no es sólo para Ud. o cualquier persona que se encuentre en una situación parecida a la suya; sino que es para todos los musulmanes, hombres y mujeres. ‘A’isha t, dijo que el Profeta de Allah ﷺ dijo: “Cuando alguien vaya al campo a hacer sus necesidades, que utilice tres piedras[21], que con eso le bastará”.
Este hadiz fue registrado por Ahmad, An Nasa’i, Abu Dawud y Ad Daraqutni, quien catalogó la cadena de transmisores del mismo como Hasan Sahih. También fue registrado que alguien le dijo a Salman Al Farisi t: ‘Vuestro Profeta os enseña todo, hasta cómo ir al baño’. Salman respondió: ‘¡Ciertamente! Nos prohibió orientarnos en dirección a la Qiblah mientras realizábamos nuestras necesidades. Cuando limpiamos la impureza, no utilizamos nuestra mano derecha, y no nos limpiamos con menos de tres piedras. Y no utilizamos para ello huesos ni estiércol’. (Muslim, Abu Dawud y At Tirmidhi)
Sheij Ibn Baz
Cuando la menstruación comienza estando la mujer dentro de la mezquita
Pregunta: A una mujer le inició su periodo mientras se encontraba en la Mezquita del Profeta ﷺ. Ella permaneció dentro de la misma hasta que su esposo terminó de realizar sus oraciones y pudo irse con el. ¿Cometió alguna falta con esto?
Respuesta: Si no le fue posible salir de la mezquita sola (por miedo a perder a su esposo entre la multitud), entonces no cometió falta alguna. Ahora bien, si le era posible salir de la mezquita, entonces debía salir tan pronto como pueda. Ya que la mujer menstruante, la que sufre de hemorragia posparto y la que ha mantenido relaciones sexuales (y aun no se ha purificado), no pueden permanecer en la mezquita. Esto está basado en las palabras de Allah:
“¡Vosotros que creéis! No os acerquéis al salat ebrios, hasta que no sepáis lo que decís; ni impuros -salvo que estéis de paso- hasta que no os lavéis” (Corán 4:43)
Y el Profeta de Allah ﷺ dijo:
“La mujer menstruante y la que ha mantenido relaciones sexuales (y aun no se ha purificado), no deben permanecer en la mezquita hasta que se purifiquen” (Abu Dawud).
Sheij Ibn Baz
La menstruante puede leer libros de Tafsir (Exégesis Coránica)
Pregunta: Leo algunos libros de Tafsir cuando me encuentro pura y cuando estoy menstruando. ¿Está esto prohibido? ¿Estoy cometiendo un pecado? Les ruego me den un veredicto. Que Allah los recompense.
Respuesta: No hay problema en que la menstruante y la que sufre hemorragia posparto lea los libros de Tafsir o recite el Corán (siempre y cuando no lo toque), según la opinión más fuerte entre los estudiosos. Ahora bien, la persona que ha mantenido relaciones sexuales no puede recitar el Corán de manera alguna, hasta que realice el Gusl. Pero puede leer los libros de Tafsir, Hadiz, etc. siempre y cuando no lea los versículos coránicos contenidos en los mismos. Es sabido que el Profeta de Allah ﷺ, sólo dejaba de recitar el Corán si se encontraba impuro a causa de mantener relaciones sexuales. El Imam Ahmad registró, con una auténtica cadena de transmisores, que el Profeta ﷺ dijo:
“… el Yunub (impuro por relación sexual) no debe leer [el Corán], ni siquiera un versículo”
Sheij Ibn Baz
La menstruante puede recitar el Corán y leer de los libros de Du’a (súplicas)
Pregunta: ¿Le está permitido a la menstruante leer un libro de súplicas en el Día de ‘Arafa, siendo que el mismo contiene versículos del Corán?
Respuesta: No hay impedimento para que la mujer menstruante, o la con sangrado posparto, lea libros de plegarias durante los ritos de la peregrinación. Así como no hay inconveniente en que recite el Corán; ya que no existen evidencias textuales claras e irrefutables que lo prohíban. Lo que ha sido narrado, se relaciona únicamente con la persona que ha mantenido relaciones sexuales; por lo que ésta no debe recitar en Corán hasta que se purifique. Esto se encuentra claramente definido en el hadiz relatado por ‘Ali t.
En cuanto a la menstruante y la que experimenta el sangrado postnatal, existe un hadiz atribuido a Ibn ‘Umar t, que dice:
“Ni la mujer menstruante ni la que se encuentra en estado de impureza ritual mayor, (Yanabah) deben leer algo del Corán”
Pero este hadiz es Da’if (de dudosa autenticidad). Es una de las narraciones de Isma’il Bin ‘Aiash, transmitiendo de gente del Hiyaz; y cuando él transmite de ellos, no es confiable.
Por lo tanto, la mujer menstruante o con sangrado posparto, puede recitar de su memoria, sin tener que tocar el Corán. En cambio, la persona que ha mantenido relaciones sexuales, no puede siquiera recitar el Corán de memoria o tocarlo, hasta que se purifique (Gusl). La diferencia entre ambas condiciones es clara. El tiempo que la persona permanece impura después de realizar el acto sexual, es corto; ya que puede realizar el Gusl inmediatamente después del coito. En este caso, la persona está en control del tiempo, ya que puede realizar el Gusl cuando quiera; y aun si no encontrase agua, puede realizar el Taiamum y rezar o recitar el Corán. En cambio, la mujer menstruante o con sangrado posparto, no tiene control sobre la duración de su estado; ya que dicho control sólo es de Allah. La menstruación y el puerperio duran varios días; por esta razón, les está permitido recitar el Corán para que no olviden lo que han memorizado y no pierdan las enormes bendiciones de la recitación. También es para que aprendan las leyes de la Shari’ah del Libro de Allah. En este sentido, es aún más permisible que lea los libros de plegarias, ya que estos contienen muchos versículos y hadices. Esta es la opinión correcta de los eruditos a este respecto, que Allah tenga misericordia con ellos.
Sheij Ibn Baz
La oración de la mujer que sufre metrorragia
Pregunta: Una mujer de cincuenta y dos años sufre un sangrado vaginal muy abundante durante tres días, después del cual el sangrado se hace leve hasta el final del mes. ¿Debe considerarse ese sangrado abundante como menstruación, siendo que esta hemorragia sólo le sobreviene irregularmente, una vez cada dos o tres meses? ¿Debe realizar sus oraciones obligatorias cuando esta sangre está fluyendo? Y de la misma manera, ¿Puede realizar las oraciones voluntarias y el Witr?
Respuesta: A causa de su edad, esta mujer debe considerar que tal flujo sanguíneo es causado por alguna situación especial o enfermedad. Esta conclusión, está basada en su edad y en lo intermitente de la hemorragia. Se sabe por experiencia y por una narración de ‘A’isha t, que cuando la mujer llega a la edad de cincuenta años, su menstruación llega a un fin, o viene de una manera irregular y extraña. Así pues, no se trata de la menstruación, por lo que la mujer debe considerarla como metrorragia y no dejar de rezar, ayunar o mantener relaciones sexuales, de acuerdo con la opinión más correcta de los eruditos.
La mujer deberá realizar la ablución para cada oración y utilizar toallas higiénicas que impidan la salida de la sangre. El Profeta ﷺ, le recomendó a una mujer que sufría de metrorragia:
“Realiza la ablución para cada oración” (Bujari).
Sheij Ibn Baz
Si el sangrado posparto termina antes de los cuarenta días, la mujer debe realizar el Gusl y empezar a rezar y ayunar
Pregunta: Si el sangrado posparto termina antes de su tiempo, ¿la mujer debe ayunar y rezar? Y si su periodo le viene después de eso, ¿debe abandonar el ayuno? Y al purificarse por segunda vez, ¿debe rezar y ayunar?
Respuesta: Si la sangre posparto se detiene antes de los cuarenta días y la mujer se purifica, entonces debe ayunar Ramadán, rezar y puede mantener relaciones sexuales con su esposo nuevamente.
Si después de eso la sangre regresa, y aún no han concluido los cuarenta días, ella debe abstenerse de ayunar, rezar y mantener relaciones sexuales, de acuerdo con la opinión más fuerte entre los eruditos. Así, la mujer vuelve a considerarse en la condición del posparto, y debe seguir sus preceptos hasta que complete los cuarenta días. Y si la sangre se detiene antes de los cuarenta o en el cuadragésimo día, entonces debe purificarse y continuar ayunando, rezando y manteniendo relaciones conyugales.
Si la sangre continua aún después del cuadragésimo día, se la considera sangre causada por una enfermedad o situación especial; por lo que la mujer deberá hacer el Gusl y realizar todo con normalidad. Tal situación se considera semejante a la metrorragia; es decir, que debe higienizarse y utilizar toallas higiénicas femeninas y realizar la ablución para cada oración (voluntaria u obligatoria), ya que el Profeta ﷺ lo enseñó así.
Y si le llega su periodo, debe abandonar la oración, el ayuno y las relaciones conyugales, hasta que termine su menstruación y se purifique.
Sheij Ibn Baz
Los preceptos del aborto involuntario
Pregunta: Algunas mujeres sufren abortos involuntarios. En algunos casos el feto se encuentra en una edad avanzada, y en otros no se puede distinguir su forma humana. En ambos casos, ¿Cómo debe la mujer realizar la oración?
Respuesta: Si la mujer sufre un aborto involuntario y el feto tiene forma humana (cabeza, pies, manos, etc.), entonces su sangrado es considerado similar al del posparto y, por lo tanto, deberá atenerse a los preceptos del mismo (no ayunar, no rezar ni mantener relaciones conyugales, hasta que el sangrado se detenga o se completen cuarenta días). Si el sangrado se detiene antes de los cuarenta días, debe realizar el Gusl; y puede nuevamente rezar, ayunar Ramadán y mantener relaciones sexuales.
No existe un mínimo para el sangrado posparto. El mismo puede detenerse, por ejemplo, diez días después de haber empezado; por lo que la mujer deberá purificarse y realizar todo normalmente. Y toda sangre que fluya después de los cuarenta días, no será tomada en cuenta. La mujer debe realizar la ablución para cada oración, similar a la que sufre la metrorragia, tal y como el Profeta ﷺ ordenó a Fátima bint Abu Hubaish t diciéndole:
“Realiza la ablución para cada oración”
Si la sangre que sale de ella, después del lapso de cuarenta días, coincide con el tiempo de su periodo, entonces se regirá por las reglas de la menstruación. Le estará prohibido rezar, ayunar y mantener relaciones sexuales.
Ahora bien, si lo que sale de la mujer, después del aborto involuntario, no tiene forma humana (es como una masa de carne o similar a un coagulo de sangre), entonces, la sangre que sale entrará bajo la categoría de metrorragia y no así en la del sangrado posparto. La mujer debe rezar, ayunar en Ramadán y tener relaciones con su esposo. Debe realizar la ablución para cada oración y mantenerse limpia con una toalla higiénica femenina, hasta que la sangre se detenga. También puede juntar las oraciones del Dhuhur y el ‘Asr, así como la del Magrib con la del ‘Isha’. Puede realizar un sólo Gusl para cada par de oraciones que junte, y un Gusl para el Fayr, basándonos en el hadiz de Hamna bint Yahsh t. Y esto es debido a que sus preceptos son iguales a los de aquella que experimenta la metrorragia, para la gente de conocimiento.
Sheij Ibn Baz
Pérdida de sangre cinco días antes de dar a luz
Pregunta: Una mujer experimentó una pérdida de sangre cinco días antes de dar a luz, durante el mes de Ramadán. ¿Debemos considerar esa sangre como menstruación o como metrorragia? ¿Qué debe hacer?
Respuesta: Si la situación se dio tal y como nos la describe, y esta mujer perdió sangre cinco días antes del parto, sin que haya mostrado señales de que el parto estaba cerca (como contracciones), entonces, esta sangre no se considera menstruación ni sangrado postnatal. Se la considera simplemente sangre irregular. Por consiguiente, no debe abandonar la oración ni el ayuno.
Ahora, si junto con la sangre mencionada hubiese experimentado las señales de la proximidad del parto, entonces, la misma será considerada como sangrado posparto y la mujer deberá atenerse a sus preceptos. Luego de dar a luz, y después de purificarse, debe completar los días que no ayunó, pero no así las oraciones.
Comité Permanente de Juristas
El significado de la palabra Quru’
Pregunta: Allah dice en el Corán: “Las divorciadas deberán esperar tres Quru’ [menstruaciones] para estar en disposición de volverse a casar” (2:228)
¿Cuál es el significado, aquí, de la palabra Quru’?
Respuesta: En el idioma árabe, Quru’ puede significar el periodo de pureza (existente entre dos menstruaciones) y también puede significar menstruación. El significado de esta palabra en el versículo es menstruación. La etapa de espera (‘Iddah) es de tres meses o menstruaciones, y este último es el uso más común de la palabra en el Corán, la Sunnah y las opiniones de los Sahabas.
Sheij Ibn Yibrin
Cuando la mujer siente vergüenza de recuperar ayunando los días que perdió por su menstruación
Pregunta: Cuando tenía trece años de edad, ayune el mes de Ramadán, y rompí mi ayuno por cuatro días debido, naturalmente, a la menstruación. Pero debido a la vergüenza (típica de mi edad), no le informe a nadie de lo sucedido. Ya han pasado ocho años desde aquel incidente, ¿Qué debo hacer (para compensar esos días)?
Respuesta: Has cometido un error al no recuperar esos días durante todo este tiempo. La menstruación es algo que Allah ha prescrito a las mujeres, y no deberían sentir vergüenza de preguntar acerca de los preceptos de la religión al respecto. Debes recuperar los días que no ayunaste lo más pronto posible; y además, debes ofrecer una expiación, alimentando a un pobre por cada día. Debes alimentarlo con dos Sa’a[22] del tipo de alimento más frecuente que haya en la región donde resides. Y puedes dárselo a un sólo pobre o repartir la cantidad entre varios.
Sheij Ibn Yibrin
Si la menstruación continúa más allá de los días acostumbrados
Pregunta: Si el periodo de una mujer dura normalmente siete u ocho días, pero en contadas situaciones dura más de lo mencionado. ¿Cuál es el precepto al respecto?
Respuesta: Si esta mujer tiene normalmente un periodo de siete u ocho días, pero a veces este periodo se extiende por nueve o diez días, entonces debe abstenerse de rezar en esos días, hasta que la sangre se detenga y se purifique. El Profeta ﷺ no estableció ningún límite específico para la menstruación. Allah dice en el Corán:
“Te preguntan sobre la menstruación. Di: Es una impureza. Así pues, absteneos de las mujeres mientras dure y no vayáis a ellas hasta que no estén puras” (2:222)
Mientras la sangre esté fluyendo, la mujer se considera con su periodo, hasta que se detenga, la mujer se purifique y rece. Si, en el siguiente mes, la sangre fluye por un periodo más corto, la mujer se considerará menstruando hasta que la sangre se detenga, ella se purifique y rece. Por lo tanto, lo importante es que mientras la sangre siga saliendo, la mujer debe someterse a los preceptos de la menstruación, sin importar si el tiempo es el mismo, más largo o más corto que su anterior periodo. Cuando la sangre se detenga, ella debe rezar.
Sheij Ibn ‘Uzaimin
El aborto durante el tercer mes del embarazo
Pregunta: El año pasado sufrí un aborto espontáneo durante el tercer mes de mi embarazo. Dejé de rezar hasta que la sangre se detuvo. Algunas personas me dijeron que debía haber rezado. ¿Qué debo hacer ahora, siendo que no recuerdo la cantidad exacta de días que no recé?
Respuesta: La opinión conocida de los eruditos al respecto, es que si la mujer sufre un aborto en el tercer mes de su embarazo, no debe rezar; porque el feto ya presenta forma humana. La sangre que sale se considera similar a la sangre del posparto, y por esto la mujer no debe rezar. Los eruditos dicen que el feto toma forma humana después de ochenta y un días, que es menos de los tres meses planteados por la mujer que hizo la pregunta. De aquí que decimos que la sangre se considera postnatal.
Pero si el aborto hubiese ocurrido antes de los ochenta días, entonces la sangre se considera anormal, por lo que la mujer debe continuar realizando sus oraciones. Por lo tanto, esta mujer debe ver si el aborto ocurrió antes de los ochenta días; y si éste es el caso, deberá recuperar las oraciones que perdió. Y si no sabe o no recuerda cuantos días no rezó, puede hacer un cálculo estimativo de los mismos y recuperar sus oraciones.
Sheij Ibn ‘Uzaimin
Mantener relaciones sexuales antes de completar los cuarenta días
Pregunta: ¿Puede el hombre mantener relaciones sexuales con su esposa después de que esta dio a luz y antes de los cuarenta días? Y si tiene relaciones con ella, treinta o treinta y cinco días después del parto, teniendo en cuenta que la sangre ya se detuvo, pero ella no ha completado los cuarenta días, ¿ha cometido alguna falta?
Respuesta: No está permitido tener relaciones con la esposa durante el periodo de sangrado postnatal. Esto, si el sangrado se mantiene por cuarenta días. Si el sangrado se detiene antes de los cuarenta días, no es recomendable mantener relaciones maritales, pero no cometen una falta al hacerlo, in sha Allah, a condición que la mujer no vea más señales de la sangre, se purifique y rece o ayune.
Sheij Ibn Yibrin
Las Plegarias de la menstruante
Pregunta: ¿Acepta Allah las plegarias y el arrepentimiento de la menstruante?
Respuesta: Sí las acepta. De hecho, es recomendable que la menstruante eleve sus plegarias (Du’a), pida perdón por sus faltas (Istigfar) y recuerde a Allah (Dhikr) con humildad, en especial en los días (y horarios) favorecidos[23]. Y si las condiciones para que la plegaria sea aceptada son cumplidas, Allah responderá.
Sheij Ibn Yibrin
La Oración de la menstruante
Pregunta: Mientras rezaba, empezó mi periodo. ¿Qué debo hacer? ¿Debo recuperar las oraciones que no realicé por esta causa?
Respuesta: Si su periodo se inició antes del comienzo del tiempo de la oración (por ejemplo, si le llega la regla media hora después del medio día), entonces, debe recuperar la oración del medio día (Dhuhur) después de purificarse; ya que cuando el tiempo de la misma empezó, usted se encontraba en estado de pureza ritual. Esto está basado en las palabras de Allah:
“…ciertamente el salat es para los creyentes, un precepto en tiempos determinados” (Corán 4:103)
No recupere las oraciones que perdió mientras menstruaba. La prueba de esto la encontramos en un hadiz extenso, en el que el Profeta ﷺ dijo:
“… la mujer al menstruar ni reza ni ayuna”
Existe consenso entre los eruditos acerca de que, la menstruante, no debe recuperar las oraciones que no pudo rezar a causa de la menstruación. Si el periodo termina y ella se purifica, debe rezar la oración correspondiente mientras haya tiempo para realizar una Raka’ah o más. Dijo el Profeta ﷺ:
“Quien alcance a rezar una rak’ah de la oración del ‘Asr, antes de que se oculte el sol, ciertamente alcanzó la oración del ‘Asr” (Bujari y Muslim)
Si la menstruación termina, y la mujer se purifica, durante el horario del ‘Asr o antes de la salida del sol, y existe tiempo suficiente para realizar una raka’ah, entonces debe rezar el ‘Asr en el primer caso, y el Fayr en el segundo.
Sheij Ibn ‘Uzaimin
Las secreciones amarillentas u ocres no deben ser tomadas en cuenta después de la purificación
Pregunta: Mi periodo dura normalmente seis y algunas veces siete días. Realizo el Gusl después de estar completamente segura que la sangre se detuvo; pero un día después noto la salida de secreciones amarillentas u ocres. No conozco los preceptos relacionados con esta situación y me encuentro confundida acerca de si debo ayunar o no, y lo mismo con los demás actos de devoción. ¿Qué debo hacer? Que Allah los recompense.
Respuesta: Si conoces con certeza la duración de tu periodo, debes abstenerte de ayunar y rezar durante el mismo. Si ves estas secreciones que mencionas después de la finalización de tu menstruación, no debes tomarlas en cuenta. Las mujeres pueden reconocer, en la mayoría de los casos, la llegada del fin de su sangrado mediante la aparición de lo que llaman “descarga clara o blanca”. Cuando la mujer vea esta señal, debe purificarse y reanudar sus oraciones y demás actos.
Sheij Ibn ‘Uzaimin
La menstruante puede usar Henna
Pregunta: He oído que está prohibido utilizar Henna para teñir y adornar las manos y cabellos durante la menstruación. ¿Es esto cierto?
Respuesta: Está permitido que la mujer menstruante utilice Henna para adornarse. No hay pecado en eso; y las personas que dicen que sí lo hay, no tienen evidencias al respecto. Cuando el periodo de la mujer termina, debe realizar el Gusl y remover todo lo que pueda de la Henna, y no hay problema con lo que no se pueda remover.
Sheij Ibn Yibrin
Acerca de escribir versículos del Corán durante la menstruación
Pregunta: ¿Está permitido que la menstruante lea el Corán, que utilice sus versículos para dar ejemplos (en alguna actividad educativa) o utilizarlo como evidencia (en algún debate)? ¿Le está permitido escribir versículos del Corán y Hadices?
Respuesta: No hay problema en que la mujer menstruante lea libros que contienen versículos del Corán o comentarios sobre los mismos. Tampoco hay problema en que los escriba, como parte de un artículo o algo similar. También está permitido que los cite a manera de evidencia de algún precepto, o recitarlos como parte de una súplica (Du’a). Todas las situaciones mencionadas no se pueden llamar “recitación” del Corán. De la misma manera, la mujer puede hojear y llevar consigo libros de Exégesis y otros libros perecidos, si necesita hacerlo.
Sheij Ibn Yibrin
No se apresure
Pregunta: Normalmente mi periodo dura entre siete y ocho días. En algunas ocasiones, en el séptimo día no veo sangre o algún signo de que la menstruación se haya detenido por completo. ¿Cuál es el precepto a seguir en esta situación con respecto a la oración, el ayuno y las relaciones maritales?
Respuesta: No se apresure. Hasta que no vea la descarga blanca y clara que indica la finalización de la menstruación, se considerará aun menstruando. El que la sangre se detenga no indica, por sí, que la menstruación haya terminado; son las señales (signos) ya mencionados antes, las que indican su finalización.
Sheij Ibn Yibrin
La sangre que aparece antes de la menstruación se considera irregular y la persona no debe abstenerse de rezar, etc. al verla
Pregunta: Tres o cuatro días antes de que comience mi menstruación, noto algo de sangre que deja manchas marrones. No sé cómo considerarlas, si puras o impuras. Estoy confundida, pues no sé si abstenerme de rezar o ayunar.
Respuesta: Si la mujer conoce el color de la sangre de menstruación y los días de su menstruación, entonces debe dejar de rezar mientras que ésta dure. Después debe realizar el Gusl y reanudar las oraciones. La sangre que sale antes del periodo se considera irregular (una hemorragia), y la mujer no debe dejar sus oraciones o ayuno por su causa.
En este caso, la mujer debe higienizarse limpiando la sangre y utilizando toallas femeninas. También deberá realizar la ablución para cada oración, y continuar rezando, aún si la sangre continúa saliendo. Los preceptos que debe seguir son los de la metrorragia.
En caso que la mujer haya abandonado la oración por causa de aquella sangre, sería muy recomendable, y lo más seguro, que recupere las oraciones abandonadas, in sha Allah, no creemos que esto le signifique muchas molestias.
Sheij Ibn Yibrin
[1] Sahih Muslim, la segunda más autentica recopilación de hadices del Mensajero de Allah ﷺ. Su autor fue el Imam Muslim Ibn Al Hayyay Al Qushairi An Naisaburi (murió el 261 H).
[2] El día 10 del mes de Dhul Hiyya, mes de la peregrinación.
[3] Tan’im es una locación cercana a La Meca, en la cual la persona que desea realizar la ‘Umrah o el Hayy puede entrar en estado de Ihram.
[4] Los eruditos jurisprudentes difirieron acerca de esta sangre: ¿Debe considerarse sangre de menstruación o no? La opinión correcta es la que hemos escogido aquí; ya que, como regla general, toda la sangre que sale de allí es considerada sangre de menstruación, a menos que haya una razón clara que la prevenga de estar bajo esta regla. Esta es la opinión de los Imames Malik, Shafi’i y Baihaqui (según nos informa Ahmad). Ibn Taimiah también era de esta opinión, tal y como lo afirma en su libro Al-Ijtiarat.
[5] Es decir, dentro de un período de pureza y no durante la menstruación, y sin haber mantenido relación sexual con ella.
[6] Esta opinión fue mencionada por el Imam An Nawawi en su Sharh Al Muhadhdhab.
[7] En Fath Al Bari se menciona que Al Bujari, Ibn Yarir At Tabari e Ibn Al Mundhir, confirmando la opinión antigua de Ash Shafi’i y Malik, afirmaron que es permisible. Ibn Taimiah dijo en Al Fatawa, Maymu’ Ibn Al Qasim: “No existe evidencia en la Sunnah que le impida leer el Corán”. También fue mencionado que el supuesto hadiz que dice: “Ni la mujer menstruante ni la que se encuentra en estado de impureza ritual mayor (Yanabah) deben leer algo del Corán” es falso, según el consenso de los expertos en la tradición profética (Ahadiz). Por otro lado, las mujeres menstruaban en la época del Mensajero de Allah ﷺ, y si leer el Corán les estaba prohibido como las oraciones, el Profeta ﷺ lo hubiera manifestado claramente. También podemos decir que las Madres de los Creyentes (esposas del Profeta ﷺ) hubiesen sabido acerca del tema, para así enseñarlo a las demás mujeres; pero nadie narró del Profeta algo parecido a la prohibición. Es por esto que no podemos afirmar que es Haram (prohibido) que la mujer menstruante pronuncie lo que lee del Corán.
[8] Obligatorio, como el de Ramadán, y voluntario, como el de ‘Ashura, los seis días del mes de Shawwal, etc.
[9] Es decir, que tiene un sueño erótico.
[10] Obligatorias, como las de los ritos del Hayy y la ‘Umrah, y voluntarias, como las que se realizan cada vez que se ingresa en la sagrada mezquita del Haram en La Meca.
[11] Transmitido por Bujari y Muslim.
[12] ‘Id Al Fitr e ‘Id Al Ad-ha.
[13] Fue reportado que el Imam Ash Shafi’i dijo acerca de estas personas: “Quien haga esto es como si hubiese cometido un pecado capital”. Otros estudiosos de la escuela Shafi’i dijeron también: “Quien haya tenido relaciones sexuales con su esposa menstruante, creyendo que está permitido [no por ignorancia, sino por convicción propia] se considerara un incrédulo” (Al Maymu’, Sharh Al Muhadhdhab, An Nawawi, 2/374)
[14] Ya que es la mujer la que pide el divorcio en este caso.
[15] Por lo que el marido gastó para poder casarse.
[16] Esto fue mencionado en Al Mugni, 7/52.
[17] En otra redacción del mismo hadiz dice: ‘¿a caso debo soltarlos para realizar el Gusl por la Yanabah (relación sexual) y la menstruación?
[18] Si bien está permitido utilizar estas píldoras, no parece haber una verdadera razón para su uso. La menstruación es un fenómeno natural que Allah creó en las mujeres, y del cual no deberían escapar. Además, no existe certeza acerca de los daños a la salud de la mujer que pueden causar estas y otras píldoras.
[19] El veredicto legal vertido por el Sheij Ibn Baz, está basado en la opinión de la escuela de jurisprudencia islámica Hanbalita. Existen otras opiniones sobre ésta misma situación, que afirman que todos los días (del primero al duodécimo) se consideran menstruación, lo cual consideramos dificultoso para la mujer. Y Allah es quien sabe mejor.
[20] Es decir, que la persona debe lavar sus ropas si se ven afectadas por este líquido, y debe realizar la ablución cada vez que haya emisión.
[21] El Profeta menciona los materiales existentes en su época y geografía, pero cualquier material actual que cumpla con el mismo propósito es idéntico en su veredicto, como por ejemplo el papel higiénico, etc.
[22] Una medida equivalente a cuatro puñados, tomados con ambas manos. La persona debe dar medio Sa’a por día no ayunado; y en este caso, dos Sa’a por cuatro días.
[23] Los días lunes, jueves y viernes en Ramadán, el Día de ‘Arafa, los diez primeros días del mes de Dhul Hiyyah, el diez del mes de Muharram, etc.